Victimas de conflicto armado
Módulo 1 - Conceptos Preliminares
Derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario
Para entender de una manera adecuada
el panorama del conflicto armado en Colombia y el origen, estructura y aspectos
técnicos del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas –
PAPSIVI, se hace necesario comprender, en primer lugar, algunos conceptos
básicos relacionados con el marco normativo internacional aplicable al caso
colombiano, específicamente:
• Derecho Internacional Humanitario.
• Derechos Humanos.
DERECHOS HUMANOS
Son condiciones inherentes al ser humano que le facilitan su realización y
garantizan una vida digna.
DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO DIH
Es un conjunto de normas internacionales destinadas a ser
aplicadas en los conflictos armados , internacionales o no, que limita por
razones humanitarias, el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente
los métodos (modos) y los medios (armas) de hacer guerra y protege a las
personas y los bienes afectados o que puedan resultar afectados por ella.
Propósito
Derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario
Si bien tanto los Derechos Humanos como el
Derecho Internacional Humanitario buscan proteger a la persona en sí, cada uno
tiene sus ámbitos de aplicación, puntos de encuentro y diferencias. En la
siguiente imagen interactiva se hace un paralelo entre los dos.
Violación a los derechos humanos
Violación a los derechos humanos
Existe una relación que ha sido estudiada entre las graves violaciones a los
derechos humanos y el desarrollo de un conflicto armado. Adicionalmente, dentro
del marco de un conflicto armado, bien sea de carácter internacional o
nacional, se pueden presentar infracciones o incumplimiento del derecho
internacional humanitario, lo que podría dificultar la reconciliación
No necesariamente todas las violaciones a los
Derechos Humanos derivan en un conflicto armado y muchas veces el conflicto es
anterior a la violación de los mismos. Ahora bien, en el caso colombiano,
subsisten dentro del conflicto armado, tanto violaciones a los Derechos Humanos
como al Derecho Internacional Humanitario. Por último, es importante resaltar
que aunque exista una reconciliación, en el postconflicto pueden subsistir las
violaciones a los DDHH.
Los mecanismos y órganos de
protección del Derecho Internacional Humanitario se concentran principalmente
en la prevención y el control. Ahora, si bien no existe una corte internacional
que pueda juzgar al Estado por el incumplimiento al DIH, desde la década de los
90 se han conformado cortes internacionales para sancionar a individuos por
infracciones al DIH.
En el rol de prevención, el Estado
juega un papel fundamental al incorporar las normas del DIH en su legislación
nacional, difundir y contratar a personal cualificado.
En el rol de control, participan
organizaciones internacionales de carácter neutral, que buscan comunicar entre
las partes del conflicto, auxiliar a las víctimas, recibir las denuncias,
prestar asistencia, protección y ser guardianes del DIH.
En el rol de represión, el Estado debe
garantizar el cese del incumplimiento al DIH y debe reparar e indemnizar a las
víctimas. En cuanto a las personas naturales, existen seis mecanismos de
sanción:
En la imagen vemos
como los derechos Humanos y para el caso el DIH (derecho internacional
humanitario) debe ser visible en los tratados internacionales ratificados por
Colombia a través de la constitución Política y visibles a través de las leyes,
para nuestro caso la Ley 1448 de 2011.
Constitución política
Colombia es
un estado miembro de la Organización de Naciones Unidas y de la Organización de
los Estados Americanos; adicionalmente hace parte de los principales tratados
internacionales de protección a los derechos humanos y al derecho internacional
humanitario; por lo tanto está obligado a la protección de los mismos:
•
Integrando los preceptos en la Constitución Política Colombiana.
•
Contemplando las Obligaciones del Estado Colombiano Frente a las Violaciones a
los Derechos Humanos y al Derecho Internacional Humanitario.
•
Conociendo las obligaciones específicas frente a los Derechos Humanos
planteadas en la Constitución Política de Colombia y expresadas por los mismos
DDHH
Obligaciones específicas frente al DIH
En el siguiente esquema se resumen las
obligaciones específicas que Colombia identificó como prioridad acordes con el
DIH (Derecho Internacional Humanitario)
Lecturas de apoyo
En las siguientes lecturas de apoyo comprenderás las diferentes violaciones al
DIH (Derecho Internacional Humanitario) del conflicto armado Colombiano.
Te
invitamos a ampliar la información.
Módulo 2 - Ley 1448 de 2011
Ley 1448 de 2011
“POR LA CUAL SE DICTAN MEDIDAS DE ATENCIÓN, REPARACIÓN INTEGRAL
Y RESTITUCIÓN DE TIERRAS A LAS VÍCTIMAS DE VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS E
INFRACCIONES AL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES”
Bogotá – Colombia
Contenido de la Ley de Víctimas
Orientación de la ley de víctimas
Disposiciones Generales
• Víctimas de infracciones
al DIH o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de
Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno, por
hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985.
• También son víctimas el
cónyuge, compañero/a permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer
grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a esta se
le hubiera dado muerte o estuviera desaparecida.
• Miembros de fuerza
pública.
• Las víctimas con anterioridad al 1 de enero
de 1985, tienen derecho a la verdad, medidas de reparación simbólica y a las
garantías de no repetición, sin necesidad que sean individualizadas.
Principios generales
Principios Generales
• DIGNIDAD: Las víctimas
son el fin de la actuación judicial y administrativa, y serán tratadas con
consideración y respeto.
• BUENA FE: Se presumirá
la buena fe de las víctimas, de suerte que se podrá acreditar el menoscabo
sufrido por cualquier medio legalmente aceptado.
• IGUALDAD: Las medidas se
reconocerán sin discriminación alguna por motivos de género, orientación
sexual, raza, condición social, profesión, credo, lengua, entre otros. Igualdad
entre víctimas de agentes del Estado y demás víctimas.
• ENFOQUE DIFERENCIAL: La Ley ofrece
especiales garantías y medidas de protección, asistencia y reparación a los
grupos expuestos a mayor riesgo de violaciones (poblaciones con características
particulares en razón de su edad, género y condición de discapacidad).
Medidas de atención, asistencia y ayuda
humanitaria (numeral 3)
Asistencia: “Medidas,
programas y recursos de orden político, económico, social, fiscal, entre otros,
a cargo del Estado, orientado a restablecer la vigencia efectiva de los
derechos de las víctimas, brindarles condiciones para llevar una vida digna y
garantizar su incorporación a la vida social, económica y política”.
• Asistencia funeraria
• Medidas en materia de
salud y educación
Atención: “La acción de
dar información, orientación y acompañamiento a la víctima, con miras a
facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los derechos a la verdad,
justicia y reparación”.
Ayuda Humanitaria: Atender necesidades
inmediatas de las víctimas.
Medidas de reparación numeral 4
1. Restitución:
• Tierras
• Vivienda
2. Indemnización por vía
administrativa.
3. Rehabilitación: Atención
psicosocial. Creación del Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a
Víctimas-PAPSIVI-.
4. Satisfacción: Medidas en
materia de verdad y preservación de la memoria histórica.
5. Garantías de no repetición:
Acciones encaminadas a evitar que las violaciones masivas de derechos humanos
se vuelvan a repetir.
Te invitamos a ampliar la Información en el siguiente anexo:
PDF LEY 1442 /2011
Módulo 3 - Componente de atención en salud
Programa de atención psicosocial y salud
integral a víctimas – PAPSIVI
Conjunto de actividades,
procedimientos e intervenciones interdisciplinarias diseñados por el Ministerio
de Salud y Protección Social para la atención integral en salud y atención psicosocial.
Podrán desarrollarse a nivel individual o colectivo y en todo caso orientadas a
superar las afectaciones en salud y psicosociales relacionadas con el hecho
victimizante.
(Decreto 4800 de 2011, Artículo 164.)
¿Qué es PAPSIVI?
Es la línea técnica
que le permite a los diferentes actores atender los impactos psicosociales y
los daños en la salud física y mental de las víctimas ocasionados por o en
relación con el conflicto armado, en los ámbitos individual, familiar y
comunitario .(incluido en éste los sujetos de reparación colectiva), con el fin
de mitigar su sufrimiento emocional, contribuir a la recuperación física y
mental y a la reconstrucción del tejido social en sus comunidades.
En términos generales
el PAPSIVI busca integrar las directrices, estrategias y acciones para la
atención integral de víctimas entre:
El PAPSIVI busca
integrar las acciones entre el Ministerio de Salud y Protección Social,
el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas y el Sistema
General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Ver anexo PAPSIVI VERSION PRELIMINAR PDF
Estructura del programa
Para conocer la
estructura del programa veamos el siguiente esquema:
Responsables y operación del programa
El Programa funciona
de manera descentralizada. A continuación se especifican los responsables a
nivel administrativo, a nivel asistencial y los aliados estratégicos:
Componentes del programa PAPSIVI
El programa PAPSIVI consta de dos
grandes componentes:
1. Atención integral en salud.
2. Atención psicosocial.
Atención Integral en Salud
• Se
define como todas las actividades esenciales para satisfacer las necesidades de
salud de la población beneficiaria.
• Son brindados por las
instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS).
• Incluyen la totalidad de las
actividades, intervenciones y procedimientos en sus componentes de promoción,
prevención, tratamiento y rehabilitación.
• Que permitirá a la población
afectada recuperar en la medida de lo posible, su integridad física, emocional
y psicológica.
Los principios bajo
los cuales se debe regir la atención integral en salud, son los siguientes:
Todos los profesionales de la salud
deben:
• Reconocer como prioritaria la
atención integral en salud a las víctimas.
• Brindar atención integral en
salud, en condiciones de respeto de su individualidad, confianza y dignidad.
• Dedicarle el tiempo necesario
para realizar una evaluación integral.
• Identificar necesidades
individuales.
• Ser imparciales desde la
política y religión en la atención.
• No realizar juicios de valor
sobre las condiciones o las víctimas.
Para recordar
Todos los prestadores
de servicios de salud en el territorio nacional, deberán implementar los
procedimientos contemplados en el Protocolo de Atención Integral en Salud a las
víctimas del conflicto armado diseñado por el Ministerio de Salud y Protección Social,
de acuerdo al Artículo 88 del Decreto 4800 de 2011.
Ver anexo Protocolo de Atención Intregral en Salud
Ruta de Atención en servicios de salud
Es importante que
conozcas la ruta de atención de las víctimas al proceso de atención PAPSIVI los
actores institucionales involucrados en dicha atención.
Atención Psicosocial
Se refiere a todos los procesos
articulados que buscan mitigar, superar y prevenir las afectaciones e impactos
a la integridad psicológica, al proyecto de vida y la vida en relación,
generados a las víctimas, sus familias y comunidades, por las violaciones de
Derechos Humanos e Infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Para el desarrollo de ésta atención y
como vimos en la ruta en la anterior, se han creado equipos de atención
psico-social.
Momentos de atención psicosocial
Módulo 4 - Ruta EPS Sanitas de atención
Ruta EPS Sanitas de atención
Con el objetivo de
dar cumplimiento a lo estipulado en la ley Protocolo de Atención Integral en
Salud a las víctimas del conflicto armado diseñado por el Ministerio de Salud y
Protección Social, de acuerdo al Artículo 88 del Decreto 4800 de 2011; hemos
establecido una ruta interna de atención:
1. Para ingresar a la ruta interna el Ministerio ha creado
una base de datos por EPS , se espera que cada uno de éstos pacientes ya se
encuentre en las bases de datos (VIVANCO) y ya cuenten con la atención
psicosocial estipulada en el módulo anterior descrita en el documento PAPSIVI.
2. Al interior de la EPS Sanitas el servicio encargado de
la verificación de la ruta es Trabajo Social.
Atención
integral: |
Se define como todas
las actividades esenciales para satisfacer las necesidades de salud de la
población beneficiaria y que son brindados por las instituciones prestadoras de
servicios de salud (IPS), e incluye la totalidad de las actividades, intervenciones
y procedimientos en sus componentes de promoción, prevención, tratamiento y
rehabilitación, que permitirá a la población afectada recuperar su integridad
física, emocional y psicológica.
1. Para la atención en el
servicio de consulta externa, en el caso de que la persona víctima ingrese
directamente por este servicio, se deberán tener en cuenta los mismos
procedimientos de reconocimiento de la condición de víctima y de comprobación
de derechos :
• Reconocer como
prioritaria la atención integral en salud a las víctimas.
• Brindar atención
integral en salud, en condiciones de respeto de su individualidad, confianza y
dignidad.
• Dedicarle el tiempo
necesario para realizar una evaluación integral.
• Identificar necesidades
individuales.
• Ser imparciales desde la
política y religión en la atención.
• No realizar juicios de
valor sobre las condiciones o las víctimas.
• No ver solo el síntoma inicial de consulta,
verifica que la persona ha recibido en garantía de derechos los servicios que
exige la ley (inscripción en el sistema, rehabilitación, odontología, atención
psicosocial)
Plan de atención física y mental
Plan de Atención Física y Mental:
La consulta permite
un escenario de atención empático, reivindicador de derechos y facilita la
organización de un plan de manejo que incluye:
Punto clave: La palabra daño hace referencia a
un concepto jurídico, que sólo puede ser establecido por un perito. Por lo
tanto, la evaluación que se hace en el PAPSIVI es de las afectaciones y no de
los daños. Es importante tener esto en cuenta a la hora de consignar la
información en la historia clínica, puesto que los profesionales de la salud y
los equipos psicosociales no pueden comprometerse con evaluar el daño, sino con
identificar las afectaciones en la salud física, mental y psicosocial.
Atención en salud mental
Trabajo Social + Activación de rutas externas
Atención Salud Mental - Psicología
Lecturas de apoyo
A continuación
encontrarás los anexos para ampliar más tu información sobre la Ley de víctimas
del conflicto armado:
PLAN NACIONAL DE ATENCIÓN Y REPARACIÓN
INTEGRAL A VÍCTIMAS
¿Qué es el centro de atención integral
para las víctimas?
https://keraltysas.lms.sapsf.com/icontent_e/CUSTOM_useast/keraltysas/self-managed/PRD/03-EAP-BASICO-VCA/QUE_ES_EL_CENTRO_DE_ATENCION_INTEGRAL_PARA_LAS_VICTIMAS.pdf
Programa de atención
psicosocial y salud integral a víctimas del conflicto armado – PAPSIVI
¡Bienvenidos!
Keralty ha diseñado este espacio de formación
basado en el Diplomado Virtual de Atención a víctimas con enfoque psicosocial
del Ministerio de Salud y Protección Social; está enfocado a fortalecer las
habilidades de los profesionales en la atención integral a poblaciones
especiales dando así cumplimiento con la Ley 1448 de 2011 que fija las pautas
para la atención en salud a las víctimas del conflicto armado.
En un espacio de formación en el marco de la ley, teniendo
en cuenta los lineamientos del Ministerio Nacional de Salud, mediante el cuál
se creó el Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral con Enfoque
Psicosocial a Víctimas del Conflicto Armado – PAPSIVI, explicado a través de
los diferentes módulos paso a paso, facilitando su comprensión y aplicación al
interior de nuestra EPS.
El presente curso fue realizado con
base en el curso de la secretaria de Ministerio de salud.
Objetivos
Objetivos Generales
Objetivos Específicos
|
Metodología
Los
contenidos del curso, se han diseñado con el propósito de satisfacer la
necesidad de adopción de conocimiento de los funcionarios frente a la gestión
por procesos y sus elementos conexos. El éxito depende en gran medida de la
capacidad y compromiso que tenga el participante para estudiar con los niveles
de autonomía y motivación necesarios.
Para
el éxito del curso contamos con la participación activa de los estudiantes y
con el apoyo de los tutores, quienes responderán las preguntas, inquietudes y
comentarios respecto a los contenidos.
Contamos
además con una plataforma técnica para resolver inquietudes con la descarga de
documentos de apoyo y vídeos.
Características del Curso
El
curso está conformado por los siguientes temas:
Módulo
|
Tema
|
|
Módulo 0 |
Introducción y objetivos. |
|
Módulo 1 |
Conceptos preliminares. |
|
Módulo 2 |
Ley 1448 de 2011. |
|
Módulo 3 |
Componente de Atención en
Salud. |
|
Módulo 4 |
Ruta interna de atención
integral (protocolo de atención integral). |
|
Evaluación |
El curso cuenta con 1
evaluación que integra los contenidos de cada módulo. |
Autores
Autor:
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
FEDERACIÓN
MÉDICA COLOMBIANA en alianza con EMSA
– ILADIBA
Tutor:
Doctor Jorge
Mc Douall Lombana
Médico Psiquiatra
Gestor Nacional de Salud Mental EPS Sanitas – Director Médico Unidad de Salud
Mental
Con el apoyo de:
Natalia
Vargas Malagón
Trabajadora Social EPS Sanitas
Indemnización:
Se refiere a un monto de dinero por los daños sufridos por la
violación a los DDHH o al DIH.
No repetición:
Medidas que aseguren que las víctimas y la sociedad no serán
objeto, nuevamente, de las mismas u otras violaciones a los DDH o al DIH.
Rehabilitación:
Todas aquellas medidas orientadas a conseguir el
restablecimiento de las condiciones físicas y psicosociales de las víctimas.
Restitución:
Hace referencia a restablecer la situación que existía antes del
acto de violación a los DDHH o al DIH, buscando no devolver a las personas en
las condiciones de vulnerabilidad que permitieron que los hechos de violencia
ocurrieran.
Satisfacción:
Medidas de naturaleza simbólica que permita la reparación de la
víctima, la comunidad y su entorno. Por ejemplo, actos conmemorativos,
monumentos públicos, entre otros.
Conceptos preliminares:
A continuación daremos inicio con nuestro curso de PAPSIVI, recuerda que
en este módulo hay un contexto de importancia para el desarrollo del mismo.
En las siguientes lecturas de apoyo comprenderás las diferentes
violaciones al DIH (Derecho Internacional Humanitario) del conflicto armado
Colombiano.
Te invitamos a ampliar la información.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario
|
Para entender de una manera adecuada el panorama del
conflicto armado en Colombia y el origen, estructura y aspectos técnicos del
Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas – PAPSIVI, se hace
necesario comprender, en primer lugar, algunos conceptos básicos relacionados
con el marco normativo internacional aplicable al caso colombiano,
específicamente.
Haz clic sobre cada imagen para ver la información:
Derechos Humanos
Son condiciones inherentes al ser humano que le facilitan su realización y garantizan
una vida digna.
Derecho Internacional Humanitario
Es un conjunto de normas internacionales destinadas a ser aplicadas en los
conflictos armados , internacionales o no, que limita por razones humanitarias,
el derecho de las partes en conflicto a elegir libremente los métodos (modos) y
los medios (armas) de hacer guerra y protege a las personas y los bienes
afectados o que puedan resultar afectados por ella.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario
|
Si bien tanto los Derechos Humanos como el Derecho
Internacional Humanitario buscan proteger a la persona en sí, cada uno tiene
sus ámbitos de aplicación, puntos de encuentro y diferencias. En la siguiente
imagen interactiva se hace un paralelo entre los dos.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario
|
Existe una relación que ha sido estudiada entre las graves
violaciones a los derechos humanos y el desarrollo de un conflicto armado.
Adicionalmente, dentro del marco de un conflicto armado, bien sea de carácter internacional
o nacional, se pueden presentar infracciones o incumplimiento del derecho
internacional humanitario, lo que podría dificultar la reconciliación.
Adaptado
de Manual Básico de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, Cruz
Roja Española, 2003.
No necesariamente todas las violaciones a los Derechos
Humanos derivan en un conflicto armado y muchas veces el conflicto es anterior
a la violación de los mismos. Ahora bien, en el caso colombiano, subsisten
dentro del conflicto armado, tanto violaciones a los Derechos Humanos como al
Derecho Internacional Humanitario. Por último, es importante resaltar que
aunque exista una reconciliación, en el postconflicto pueden subsistir las
violaciones a los DDHH.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario
|
|
Los mecanismos y órganos de protección del Derecho
Internacional Humanitario se concentran principalmente en la prevención y el
control. Ahora, si bien no existe una corte internacional que pueda juzgar al
Estado por el incumplimiento al DIH, desde la década de los 90 se han
conformado cortes internacionales para sancionar a individuos por
infracciones al DIH. En el rol de prevención, el Estado juega un papel fundamental
al incorporar las normas del DIH en su legislación nacional, difundir y
contratar a personal cualificado. En el rol de control, participan organizaciones
internacionales de carácter neutral, que buscan comunicar entre las partes
del conflicto, auxiliar a las víctimas, recibir las denuncias, prestar
asistencia, protección y ser guardianes del DIH. |
|
En el rol de represión, el Estado debe garantizar el cese
del incumplimiento al DIH y debe reparar e indemnizar a las víctimas. En cuanto
a las personas naturales, existen seis mecanismos de sanción, haz clic en cada
uno para conocerlos:
1-
Tribunales internos del Estado.
2-
Tribunales internacionales específicos.
·
Tribunales con participación mixta (nacional e
internacional).
·
Asistencia jurídica internacional.
·
Salas especiales de tribunales internos.
·
Corte Penal Internacional.
·
Derechos Humanos y
Derecho Internacional Humanitario |
En la imagen vemos como los derechos Humanos y para el caso el DIH
(derecho internacional humanitario) debe ser visible en los tratados
internacionales ratificados por Colombia a través de la constitución Política y
visibles a través de las leyes, para nuestro caso la Ley 1448 de 2011.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario
|
Colombia es un estado miembro de la Organización de
Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos; adicionalmente
hace parte de los principales tratados internacionales de protección a los
derechos humanos y al derecho internacional humanitario; por lo tanto está
obligado a la protección de los mismos:
- Integrando los preceptos en la Constitución
Política Colombiana.
- Contemplando las Obligaciones del Estado
Colombiano Frente a las Violaciones a los Derechos Humanos y al Derecho
Internacional Humanitario
- Conociendo las obligaciones específicas frente
a los Derechos Humanos planteadas en la Constitución Política de Colombia
y expresadas por los mismos DDHH.
Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario |
En el siguiente esquema se resumen las obligaciones específicas que
Colombia identificó como prioridad acordes con el DIH (Derecho Internacional
Humanitario).
Ley 1448 de 2011.
Las leyes han sido parte fundamental de la Historia, y en
este contexto podrás aprender cosas nuevas acerca de la Ley 1448 de 2011.
Te invitamos a ampliar la Información en el PDF LEY 1442
/2011:
DIGNIDAD
Las víctimas son el fin de la actuación judicial y
administrativa, y serán tratadas con consideración y respeto.
BUENA FE
Se presumirá la buena fe de las víctimas, de suerte que se
podrá acreditar el menoscabo sufrido por cualquier medio legalmente aceptado.
IGUALDAD
Las medidas se reconocerán sin discriminación alguna por
motivos de género, orientación sexual, raza, condición social, profesión,
credo, lengua, entre otros. Igualdad entre víctimas de agentes
del Estado y demás víctimas.
ENFOQUE DIFERENCIAL
La Ley ofrece especiales garantías y medidas de
protección, asistencia y reparación a los grupos expuestos a mayor riesgo de
violaciones (poblaciones con características particulares
en razón de su edad, género y condición de discapacidad).
Asistencia
“Medidas, programas y recursos de orden político, económico,
social, fiscal, entre otros, a cargo del Estado, orientado a restablecer la
vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, brindarles condiciones para
llevar una vida digna y garantizar su incorporación a la vida social, económica
y política”.
Asistencia funeraria
Medidas en materia de salud y educación.
Atención
“La acción de dar información, orientación y acompañamiento a la
víctima, con miras a facilitar el acceso y cualificar el ejercicio de los
derechos a la verdad, justicia y reparación”.
Ayuda Humanitaria
Atender
necesidades inmediatas de las víctimas.
1. Restitución:
- Tierras
- Vivienda
2. Indemnización por vía administrativa.
3. Rehabilitación:
Atención psicosocial. Creación del
Programa de Atención Psicosocial y Salud Integral a Víctimas-PAPSIVI.
4. Satisfacción:
Medidas en materia de verdad y
preservación de la memoria histórica.
5. Garantías de no repetición:
Acciones encaminadas a evitar que las
violaciones masivas de derechos humanos se vuelvan a repetir.
El componente de Atención en salud
El componente de Atención en salud tiene mucho que
mostrarte para saber que ruta y que procedimientos debes seguir.
El siguiente documento te ayudará a profundizar sobre el
tema tratado dentro de este módulo.
Es la línea técnica que le permite a los diferentes
actores atender los impactos psicosociales y los daños en la salud
física y mental de las víctimas ocasionados por o en relación con
el conflicto armado, en los ámbitos individual, familiar y
comunitario (incluido en éste los sujetos de reparación colectiva), con
el fin de mitigar su sufrimiento emocional,contribuir a la recuperación física
y mental y a la reconstrucción del tejido social en sus comunidades.
En términos generales el PAPSIVI busca integrar las
directrices, estrategias y acciones para la atención integral de
víctimas entre:
El PAPSIVI busca integrar las acciones entre el Ministerio de
Salud y Protección Social, el Sistema Nacional de Atención y Reparación a
las Víctimas y el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Para conocer la estructura del programa veamos el
siguiente esquema:
El Programa funciona de manera descentralizada. A continuación
se especifican los responsables a nivel administrativo, a nivel asistencial y
los aliados estratégicos:
El programa PAPSIVI consta de dos grandes componentes:
Haz clic en cada ítem para profundizar en este primer componente
de PAPSIVI
Atención Integral en Salud
• Se define como todas las actividades esenciales para
satisfacer las necesidades de salud de la población beneficiaria.
• Son brindados por las instituciones prestadoras de servicios
de salud (IPS).
• Incluyen la totalidad de las actividades, intervenciones y
procedimientos en sus componentes de promoción, prevención, tratamiento y
rehabilitación.
•
Que permitirá a la población afectada recuperar en la medida de lo posible, su
integridad física, emocional y psicológica.
Principios de la Atención Integral en Salud
Los
principios bajo los cuales se debe regir la atención integral en salud, son los
siguientes:
Tipos de Atención Integral en Salud
Todos los profesionales de la salud deben:
• Reconocer
como prioritaria la atención integral en salud a las víctimas.
• Brindar
atención integral en salud, en condiciones de respeto de su individualidad,
confianza y dignidad.
• Dedicarle
el tiempo necesario para realizar una evaluación integral.
• Identificar
necesidades individuales.
• Ser
imparciales desde la política y religión en la atención.
• No
realizar juicios de valor sobre las condiciones o las víctimas.
Todos los prestadores de servicios de salud en el territorio
nacional, deberán implementar los procedimientos contemplados en el Protocolo
de Atención Integral en Salud a las víctimas del conflicto armado diseñado por
el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo al Artículo 88 del
Decreto 4800 de 2011.
Es importante que conozcas la ruta de atención de las
víctimas al proceso de atención PAPSIVI los actores institucionales
involucrados en dicha atención.
Se refiere a todos los procesos articulados que buscan
mitigar, superar y prevenir las afectaciones e impactos a la integridad
psicológica, al proyecto de vida y la vida en relación, generados a las
víctimas, sus familias y comunidades, por las violaciones de Derechos Humanos e
Infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Para el desarrollo de ésta atención y como vimos en
la ruta en la diapositiva anterior, se han creado equipos de atención
psico-social.
RUTA
DE ATNCION INTEGRAL
Con el objetivo de dar cumplimiento a lo estipulado en la ley
Protocolo de Atención Integral en Salud a las víctimas del conflicto armado
diseñado por el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo al Artículo
88 del Decreto 4800 de 2011; hemos establecido una ruta interna de atención:
Con el objetivo de dar cumplimiento a lo estipulado en la ley
Protocolo de Atención Integral en Salud a las víctimas del conflicto armado
diseñado por el Ministerio de Salud y Protección Social, de acuerdo al Artículo
88 del Decreto 4800 de 2011; hemos establecido una ruta interna de atención:
Se define como todas las actividades esenciales para
satisfacer las necesidades de salud de la población beneficiaria y que son
brindados por las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), e
incluye la totalidad de las actividades, intervenciones y procedimientos en sus
componentes de promoción, prevención, tratamiento y rehabilitación, que
permitirá a la población afectada recuperar su integridad física, emocional y
psicológica.
1. Para
la atención en el servicio de consulta externa, en el caso de que la persona
víctima ingrese directamente por este servicio, se deberán tener en cuenta los
mismos procedimientos de reconocimiento de la condición de víctima y de comprobación
de derechos:
La consulta permite un escenario de atención empático,
reivindicador de derechos y facilita la organización de un plan de manejo que
incluye:
Adicional a este curso, te recomendamos leer los siguientes
documentos para que profundices sobre este programa.
Bibliografía
- Ministerio de Salud y la Protección Social.
2016. ALEJANDRO GAVIRIA URIBE. Ministro de Salud y Protección Social
. Diplomado en Atención a víctimas con Enfoque psicosocial. http://aulavirtual.atencionvictimas.com/course/view.php?id=7
- Ley 1448 de 2011
- Plan Nacional de Atención y Reparación
Integral a Víctimas
- Resolución 5521 de 2013 POS
- Protocolo Atención en salud
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